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Trámites realizados en el extranjero cancelados por aplicación del artículo 155 de la LGIPE, 2023
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El artículo 155 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que se cancelarán las solicitudes de trámite de las y los ciudadanos que no recogieron su credencial a más tardar el último día de febrero del segundo año posterior a aquel en el que la hayan tramitado.
Los Lineamientos para la Incorporación, Actualización, Exclusión y Reincorporación de los registros de las ciudadanas y los ciudadanos en el Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores, en su numeral 65, señalan que, para el caso de las y los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, exhibirá el listado de registros excluidos del Padrón Electoral por cancelación de trámites.
El oficio INE/DERFE/STN/7016/2023, señala que aquellos trámites llevados a cabo en territorio nacional y desde el extranjero, de 2015 al 28 de febrero de 2021, que se encuentran retenidos por falta de CURP [...] sean cancelados bajo los términos del artículo 155 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Con fundamento en la normatividad anterior:
Si tramitaste tu Credencial para Votar desde el Extranjero en 2021 o antes y no la recibiste, y tu nombre aparece en los siguientes listados; acude a solicitar tu inscripción al Padrón Electoral ya que tu trámite fue cancelado.
Para mayor información, llama desde Estados Unidos sin costo al 1 (866) 986 8306 o desde otros países por cobrar al +52 (55) 5481 9897.